16 Mayo 2019.
Foto: Carlos Ortega.
El Consejo de Estado aceptó una medida cautelar que presentó Antanas Mockus para que se le permitiera seguir temporalmente en el Senado, mientras se resuelve de fondo una tutela que elevó ante esa corporación contra la decisión que lo sacó del cargo.
Tomado de: El Tiempo.
La decisión fue tomada por la magistrada Nubia Margoth Peña Garzón, de la Sección Primera del Consejo de Estado, que estudió el recurso de Mockus.
El senador del Partido Verde pidió una medida cautelar para suspender provisionalmente los efectos de la decisión que anuló su elección, hasta que el Consejo de Estado haga un pronunciamiento de fondo y defina si acepta o no su tutela.
Esto porque, dice Mockus, se está ante «la inminencia de un perjuicio irremediable, pues de no suspender la mencionada providencia podría ser ejecutada de inmediato, cesando el ejercicio de mis funciones como congresista, y tornando inocua la eventual protección a los derechos fundamentales invocados».
El Consejo de Estado aceptó darle la medida cautelar afirmando que no se trata de una decisión de fondo, sino de evitar un mal que pudiera ser irremediable. «Se advierte la necesidad de un pronunciamiento provisional, a fin de evitar que por la obligatoriedad que conlleva la decisión de anulación de la elección, el actor ya no pueda ejercer sus funciones como congresista», dice la corporación.
En su tutela, Mockus asegura que el fallo que lo sacó de su cargo le violó los derecho a no ser procesado dos veces por los mismos hechos, al debido proceso, a la tutela, y a participar en el poder público.
Según Mockus esos derechos se le vulneraron con el fallo del pasado 11 de abril con el que se anuló su elección como senador para el periodo 2018-2022, y se canceló su credencial que lo acredita como congresista.
Para el senador, la Sección Quinta del Consejo de Estado no podía pronunciarse de forma distinta a lo que ya había decidido la Sala Primera Especial de Decisión de Pérdida de Investidura que lo mantuvo en el senado en un fallo del 19 de febrero.
Por eso, para Mockus en su caso ya había cosa juzgada, pues se había evaluado su caso en otra decisión. También dijo que las normas buscan evitar que haya dos fallos contradictorios.
El Consejo de Estado asegura que, en efecto, hay dos decisiones en esa corporación con conclusiones diferentes: una proferida en medio del control de nulidad electoral, y otra dictada en el proceso de solicitud de pérdida de investidura, «ambas basadas en acciones simultáneas y con fundamento en la misma conducta, lo que, en una lectura preliminar el juez de tutela, permitiría colegir que pudo desconocerse el principio previsto» en la ley, es decir, el de la cosa juzgada.
La Sección Quinta dijo que sí podía tomar una decisión, aunque ya había otro fallo que evaluaba los mismos hechos y que mantuvo a Mockus en el cargo, porque en el proceso se había presentado un recurso de apelación, lo que a su juicio implicaba que la primera sentencia no estaba ejecutoriada.
Sin embargo, el Consejo de Estado asegura que ese argumento debe ser analizado en la tutela que presentó Mockus, para dar una decisión de fondo.