La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de seis años de prisión por el delito de prevaricato en contra de le exfiscal 119 delegada ante los jueves penales de Turbo (Antioquia), Luz Ángela López por haber permitido la preclusión de manera irregular una investigación que se adelantaba en contra de tres militares por la ejecución extrajudicial de un campesino en zona rural del municipio de Necoclí el 27 de julio de 2009.
El alto tribunal advirtió que pese a tener las pruebas para ordenar la apertura de una investigación formal en contra de los integrantes del Ejército Nacional, teniente Henry Elías Piraquive Caicedo; y los soldados profesionales John Jairo Jaramillo Díaz y Wilmar Morales Teherán la delegada del ente investigador dejó que se cumplieran los términos y no tomó una decisión de fondo en este caso. Cita que existían testimonios que evidenciaban que los tres investigados tenían conocimiento y participación en el “falso positivo”.
En el debate jurídico incluso se cita la declaración del soldado Jaramillo Díaz que señaló que el teniente Piraquitve había dado órdenes directa para detener y ejecutar a la primera persona que apareciera por el camino en la vereda Cañaflechal con el único fin de demostrar resultados operaciones en la región. El jornalero, identificado como Dagoberto Flórez Altamiranda, fue presentado posteriormente como guerrillero abatido en combate con las unidades del Ejército.
“El teniente Piraquive cogió y nos dijo que dijéramos que ese era guerrillero y sí preguntaban quién lo había matado que no dijera que era Blanca Nieves sino un guerrillero (sic)”, señaló el solado investigado. Agregó que la idea era presentarlo como un subversivo que cuando vio el retén del Ejército los atacó con una granada. “Y si preguntan quién lo mató que digan que llovió plomo de todos lados y cayó”.
Para el alto tribunal es evidente que la fiscal del caso “tergiversó voluntariamente el contenido de las pruebas” con el único gin de “favorecer” a los militares investigados “omitiendo sin ninguna justificación válida, que se cumplían los requisitos legales para proferir resolución de acusación”. Considera que en el expediente existían elementos que dejaban entrever que uno de los soldados había sido el encargado de dispararle a quemarropa al campesino.
En el debate jurídico se advierte que la fiscal López no tuvo en cuenta si quiera la retractación de uno de los procesados quien aseguró tiempo después que se había visto obligado a dispararle al campesino por orden de sus superiores. De esta forma cambió la versión inicial y dejó entrever que existía un conocimiento y presión por parte del teniente investigado en estos hechos. Sin embargo, pese a esto, ordenó la preclusión del caso.
La Sala Penal no aceptó los argumentos esgrimidos por la defensa de la exfiscal frente a una sobrecarga laboral que no le permitió valorar todas las pruebas y tomar una decisión de fondo en esta investigación. Debido a esto ratificó la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Antioquia y ordenó su captura inmediata para que cumpla la pena privativa de la libertad.
Tomado de: elespectador.com