Juez ordena 20 días de arresto para el presidente del Consejo Nacional Electoral

Foto: EE


Tras incumplir el fallo que le ordenaba posesionar a Heriberto Arrechea Banguera como representante a la Cámara por las comunidades afrodescendientes.


El juzgado primero penal del circuito de Duitama le ordenó al presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Alexander Vega Rocha, y al presidente de la Cámara de Representantes, Miguel Ángel Pinto Hernández, dar cumplimiento inmediato al fallo judicial emitido por el mismo despacho el pasado 26 de noviembre en el cual se ordenó posesionar a Heriberto Arrechea Banguera como representante a la Cámara por las comunidades afrodescendientes.

El juez considera que después de un mes de emitido el fallo de tutela las partes incurrieron en un evidente desacato de lo allí ordenado, puesto que no adelantaron las acciones pertinentes para posesionar a Rodríguez Palacios en el cargo. “Observa el despacho una dilación injustificada ausencia de pronunciamiento concreto y falta de diligencia y cuidado en la tramitación de la situación de Asael Rodríguez Palacios” –quien funge como demandante-.  

En el análisis jurídico se llega a la conclusión que no se emitió un pronunciamiento concreto y de hecho tendiente a solucionar y tramitar el caso del accionante. Cita que no se atendieron prontamente los requerimientos enviados por el despacho judicial a la CNE y a la Cámara de Representantes para que el representante fuera posesionado en el cargo que dejó Moisés Orozco Vicuña, cuya elección fue anulada por el Consejo de Estado.

 

Considera que Arrechea Banguera, del Movimiento de Inclusión y Oportunidades (MIO), obtuvo la primera votación en dicha lista por la circunscripción  especial de Comunidades Afrodescendientes para el periodo 2014-2018 hecho por el cual tiene todo el derecho de posesionarse en su cargo. Sin embargo, las dos partes demandadas hicieron caso omiso a lo ordenado por el juzgado penal, desconociendo claramente la administración de justicia.

“Ninguna actividad desplego este funcionario –haciendo referencia al presidente del CNE- en cuanto a dar respuesta suficiente y clara, que dé cumplimiento al fallo de tutela, sin que sean de recibo las razones expuestas en su escrito por cuanto nada tiene que ver las gestiones por ellos adelantadas con lo ordenado por este juzgador, por cuanto no se han ofrecido las razones por las cuales no se ha hecho caso a lo ordenado”, precisa el fallo.

Esto pese a los reiterados requerimientos que se le hicieron, “haciéndose evidente la omisión de realizar actos necesarios para dar estricto cumplimiento a las órdenes judiciales”. La ley y la jurisprudencia de las altas cortes, indica la decisión, establecen una serie de sanciones en contra de aquellos que incurran de manera injustificada en desacatos de fallos judiciales, hecho por el cual se impuso una multa de 20 salarios mínimos legales vigentes al presidente del Consejo Nacional Electoral.

Igualmente se le sancionó con arresto de 20 días, por lo que se le envió el respectivo oficio al Comandante de Policía de Bogotá. Igualmente se enviaron oficios a la Fiscalía y a la Procuraduría General para que disponga las sanciones penales y disciplinarias, respectivamente, a las que haya lugar en este caso.

Tomado de: Eltiempo.com