Las razones del juez 46 para absolver a los hermanos Uribe Noguera

9 Agosto 2019.

Foto: César Melgarejo / EL TIEMPO.

Un año después de que la Fiscalía le imputará cargos a los hermanos Francisco y Catalina Uribe Noguera por supuestas maniobras para favorecer a su hermano Rafael, condenado por el crimen de la niña Yuliana Samboní, el juez 46 de conocimiento los declaró inocentes.

Tomado de: El Tiempo.

El ente acusador los había procesado por los delitos de favorecimiento y ocultamiento, alteración o destrucción de material probatorio.

No se recuperaron los mensajes

La Fiscalía esperaba demostrar su hipótesis señalando que se habían borrado los mensajes en los que habría quedado plasmado las maniobras en los que habrían incurrido para afectar la investigación.

Sin embargo y a pesar de la participación de peritos de una agencia de los Estados Unidos, estos mensajes no se recuperaron y no fue posible establecer qué tipo de datos intercambiaron.

Lo único que probó el ente acusador, dijo el juez, fue que Rafael Uribe para la época de los hechos tenía instalada una aplicación de mensajería instantánea y que tuvo amplio ingreso a internet.

Sin embargo, insistió el funcionario judicial no se sabe que escribió y por tanto esto no es evidencia para servir como prueba de un delito.

Igualmente, la Fiscalía demostró que hubo amplia comunicación entre Rafael,
Francisco y Catalina el día del secuestro, violación y asesinato de Yuliana Samboni, pero que tampoco fue posible saber de qué hablaron.

«El despacho no puede entrar a suponer nada», indicó el juez tras señalar que el solo hecho de borrar unos mensajes no es prueba y que no se puede decir con certeza realmente qué sucedió.

Apoyaron la investigación

El juez afirmó en su sentencia que fueron los hermanos Francisco y Catalina los que contribuyeron con la investigación y facilitaron que las autoridades ubicaran a Rafael.

Indicó que en la relación de los hechos que se hizo durante el juicio quedaron evidenciadas las comunicaciones permanentes de los dos procesados con los agentes del Gaula, que adelantaban la investigación por la desaparición de la menor.

«Es la misma familia la que entrega a su hermano», dijo el juez tras señalar que Catalina y Francisco «tenían toda la capacidad económica para hacer otra cosa (…) también pudieron ocultar el cadáver y no lo hicieron».

Añadió que desde el comienzo de la investigación ni siquiera el Gaula sabía lo que había pasado y solo estaba buscando el vehículo en el que la niña había sido secuestrada.

No se probó la intención de delinquir

En sus argumentos, el juez señaló que la Fiscalía no demostró que los hermanos Catalina y Francisco hubieran actuado con dolo, es decir con la intención de cometer un delito.

El funcionario judicial dijo que al no poder establecer el contenido de las conversaciones de los procesados no fue posible saber si ellos se pusieron de acuerdo para traspasar la línea de lo penal.

Dijo que la defensa de Catalina y Francisco entregó voluntariamente los celulares, hecho que evidencia que actuaron de buena fe y «corrieron el riesgo de autoincriminarse», pues de allí partió la hipótesis de culpabilidad de la Fiscalía.

El juez sostuvo que Francisco llevó a los agentes del Gaula al edificio Equus 64, desconociendo el paradero de su hermano Rafael. En ese momento, dice el funcionario judicial, Francisco pudo pensar que a su hermano Rafael le habían robado el carro y que era víctima de un delito.

Añadió que si hubieran actuado con dolo hubieran alejado a Rafael de las autoridades y lo que hicieron fue llevarlo a un centro asistencial para atender las dificultades de salud y avisaron al Gaula el sitio en el que se encontraba.

«Lo hubieran llevado a un sitio desconocido, incluso fuera de la ciudad», afirmó tras señalar que esto no sucedió.La Fiscalía apeló la decisión que llegará al Tribunal Superior de Bogotá para decisión de segunda instancia.