Foto tomada twitter Alvaro Uribe
CD PIDE A CORTE NO APROBAR ESE MECANISMO
El Centro Democrático continúa en el propósito de advertir a la comunidad internacional acerca de los efectos que puede tener en caso de que la Corte Constitucional apruebe el Fast Track. Por ello el expresidente y senador Álvaro Uribe viajó a los Estados Unidos a dialogar con los diferentes estamentos y dirigencia política de los norteamericanos.
Aparte de esta gira desarrollada por el exmandatario también le enviaron una misiva a la Corte Constitucional firmada por varios miembros de la bancada del Centro Democrático.
“Se transmiten a la Corte fundamentalmente dos ideas. En primer lugar, que los acuerdos presentados por el Gobierno nacional, producto de una supuesta renegociación, son estructuralmente los mismos, razón por la cual se está ignorando un pronunciamiento popular legítimo tal y como fue el del pasado 2 de octubre; y segundo, que la refrendación de los acuerdos llevada a cabo la semana pasada en el Congreso de la República a través de una proposición, no se adecúan a lo dispuesto en el artículo 5º del Acto Legislativo 01 de 2016 ni a lo dicho por la Corte Constitucional en Sentencia C-379 de 2016”, dicen en la carta.
De la misma manera señala que “como es bien sabido, la Corte Constitucional en Sentencia C-379/16 (sentencia que aprobó el plebiscito por la paz) le otorgó fuerza vinculante a la votación desfavorable del plebiscito del 2 de octubre del presente año. En aquella oportunidad dispuso reglas jurisprudenciales claras sobre los parámetros que debían respetar los nuevos acuerdos, reglas que hoy no pueden ignorarse y/o cambiarse en virtud de un resultado desfavorable inesperado por el ejecutivo”.
Señala que “no basta con reformas inocuas o superfluas, sino que su nueva forma debe responder a las exigencias populares que impidieron la continuidad del proceso. No hacerlo desagravia el poder soberano del pueblo, al sistema democrático y representa una burla a los principios fundamentales que rigen el ordenamiento jurídico colombiano”.
La refrendación
Respecto de la refrendación por parte del Congreso de la República, se puede leer en el documento que “lo pretendido por el Gobierno no es otra cosa que desconocer el principio de democracia participativa y soberanía popular, pues la imposición al Pueblo de un marco normativo que desaprueba no solo deslegitima su actuar y su gobierno, sino que también es una afrenta grave a los cimientos del constitucionalismo colombiano”.
“El constituyente primario es la base de la estructura democrática, política y la fuente originaria de las instituciones jurídicas y gubernamentales de este Estado Social Democrático y de Derecho, por ende no debe desconocerse la real dimensión del daño que ocasionaría esta autoritaria y arbitraria decisión del Ejecutivo, auspiciada por las mayorías en el Congreso, lo cual no es otra cosa que un golpe de estado al reemplazar la estructura vigente por un régimen que desconoce los principios en que se funda la democracia”.
“Como suprema guardiana de la Carta Política, rogamos a la Corte Constitucional valorar los argumentos que expresan las preocupaciones de millones de ciudadanos que, estupefactos, estamos asistiendo al desconocimiento flagrante del mandato popular que dentro de las reglas democráticas invalidó el acuerdo de paz suscrito entre el Gobierno y las Farc, y que la misma Corte Constitucional en Sentencia C-379 de 2016 condicionó la firma y aprobación de un nuevo acuerdo a la refrendación popular por vía directa”, concluye la misiva.
Más advertencia
Horas antes de enviar esta misiva, Uribe Vélez en una rueda de prensa manifestó que “argumentan que necesitan el Fast Track para aprobar la Justicia Especial; no es cierto, por vía ordinaria se han aprobado leyes transicionales como la de Justicia, Paz y Reparación, y también Normas Constitucionales. Lo que quieren es no debatir, no modificar y anular posibilidades de acciones futuras de inexequibilidad”.
Solamente el pueblo o la Constituyente que él mismo elija, puede cambiar el procedimiento de reforma de la Constitución. Por eso la aplicación del Fast Track quedó condicionada a que el plebiscito tuviera mayoría. No puede entenderse que el Congreso modifique la Constitución a través del procedimiento abreviado del Fast Track, que él mismo estableció, pero con la condición no cumplida del plebiscito aprobatorio”.
Agregó que “muchos congresistas expresaron que cuando votaron positivamente la proposición de refrendación de los acuerdos lo hicieron con conciencia del alcance político exclusivo, nunca con la pretensión de sustituir la aprobación popular necesaria para el Fast Track. Las leyes o Normas Constitucionales que se aprueben por Fast Track, tendrán control único Constitucional, esto es, se recorta la garantía ciudadana de demandar, una o varias veces, la inexequibilidad de estos textos jurídicos. Las acciones contra los decretos presidenciales tendrán escasos dos meses para presentarlas. Sin embargo, todo proyecto de decreto, ley o Norma Constitucional, deberá contar con el visto bueno previo de una comisión paritaria con Farc”.
Y recalcó, “Mientras egos y temores del Gobierno, con burla de la decisión popular, gestionan Fast Track, voceros de Farc amenazan con expropiación a la industria azucarera, campeona mundial de productividad, y anuncian que su Tribunal de impunidad encarcelará a quienes fueron sus extorsionados y secuestrados, y a quienes evitaron el triunfo de su narco terrorismo”.
Desde el Gobierno
El presidente de Colombia y Premio Nobel de Paz, Juan Manuel Santos, expresó desde Oslo su confianza en que el lunes próximo la Corte Constitucional dé su visto bueno al procedimiento legislativo rápido, Fast Track, para desarrollar en el menor tiempo posible el acuerdo suscrito con las Farc.
“Se ha firmado la paz, ha sido refrendado por el Congreso con una amplísima mayoría y en este momento procederemos con su implementación”, explicó el Mandatario en su declaración previa a la rueda de prensa efectuada en el Instituto Nobel.
En ese orden de ideas el Jefe del Estado dijo: “Yo espero que el próximo lunes la Corte Constitucional de Colombia le dé su bendición al procedimiento de vía rápida, el ‘Fast Track’, con el fin de implementar el acuerdo lo más rápido posible”.
Así mismo, el Presidente indicó que “una cosa que parecía un sueño imposible para los colombianos, todos los americanos y todos los ciudadanos del mundo, es ahora una realidad porque las Farc ya se están desplazando hacia las zonas donde se concentrarán y entregarán sus armas”.
Solicitud de la Procuraduría
La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que se declare inhibida para emitir un pronunciamiento sobre el artículo quinto del Acto Legislativo para la Paz, que está relacionado con la refrendación popular para activar la entrada en vigencia del ‘Fast Track’ y de las facultades especiales otorgadas al Presidente de la República.
La procuradora encargada, Marta Castañeda, expresó que «hay falta de certeza» en los argumentos presentados por parlamentarios del Centro Democrático para tumbar el artículo quinto.
Sin embargo, advierten que la refrendación popular, con efectos políticos y no normativos, puede hacerse a través de mecanismos «democráticos participativos» como un plebiscito, o «democráticos representativos» como el Congreso, las Asambleas departamentales o los concejos municipales o distritales, como instancias legítimas representativas de los ciudadanos».