Juan David Laverde Palma / Santiago Martínez Hernández – @jdlaverde9/@santsmartinez
Según la resolución, el fiscal general podrá convocar “cónclaves jurídicos” en los casos más sensibles y las determinaciones que se tomen serán de obligatorio cumplimiento. La independencia y autonomía de los funcionarios estarían en riesgo.
En uno de los tres falsos contratos que Odebrecht le hizo firmar al lobista y excongresista Otto Bula para “cuadrar caja” respecto de los sobornos repartidos en Colombia, revelados por El Espectador hace tres días, se lee que el hoy fiscal general, Néstor Humberto Martínez, asesoró a la Concesionaria Ruta del Sol —de la cual la constructora brasileña es socia mayoritaria— para lograr un contrato de estabilidad jurídica con el Gobierno. El mismo Martínez aceptó que entre 2010 y 2012 hizo tales gestiones y, de hecho, en diciembre de 2012 se firmó el contrato.
Este escenario, sumado a las denuncias del senador del Polo Jorge Enrique Robledo y a la última columna de la periodista María Jimena Duzán —que sugiere que Martínez Neira ayudó a recoger plata para la campaña reeleccionista de Juan Manuel Santos— llevaron a que el fiscal general emitiera un comunicado contundente. Según él, no tiene a cargo ninguna de las 15 investigaciones derivadas del expediente Odebrecht, que están al frente de cinco fiscales “que actúan de manera autónoma e independiente”. Aunque no lo dice, la respuesta de Martínez es categórica: no se marginará del caso.
En ese contexto de polarización, hallazgos penales y revelaciones de la prensa sobre la mano larga de Odebrecht, cobra relevancia una directiva que acaba de firmar el fiscal Néstor Humberto Martínez. Se trata de una resolución de ocho páginas expedida el pasado 21 de marzo en la que se reglamentan los comités técnico–jurídicos de revisión de los expedientes más sensibles que se investigan en el búnker. ¿Para qué sirven estos comités? Son una especie de “cónclaves jurídicos” que buscan “tirar línea”.
Desde que se creó la Fiscalía en 1992, todos los fiscales que han tenido que capotear políticamente una decisión de sus subalternos con la que no han estado de acuerdo, siempre han apelado a un argumento incontrovertible: la independencia y autonomía de cada fiscal. Así les ocurrió a muchos fiscales con súbitas y cuestionadas libertades, o incluso archivos en favor de cuestionados personajes que después terminaron saldando sus cuentas con la justicia. A Martínez también le ocurrió.
En medio del estupor nacional por el atroz crimen de la menor Yuliana Samboní y la aparente obstrucción a la justicia por parte de Francisco y Catalina Uribe Noguera, hermanos del asesino Rafael Uribe –quien este miércoles será condenado–, una fiscal que los procesaba decidió no pedirle a un juez de la República que profiriera medida de aseguramiento contra los Uribe Noguera. El hecho produjo profundo malestar en la cúpula de la Fiscalía y es, al parecer, la génesis de esta nueva directiva. Allí se advierte que el fiscal general o la vicefiscal pueden designar a cualquier funcionario para participar en la celebración de estos comités. En términos castizos, esto significa que Néstor Humberto Martínez podría meterle el diente al proceso que quisiera y jamás podrá decir que no sabía de las determinaciones de sus subalternos. El documento, en poder de este diario, señala que todos los directores seccionales, nacionales y fiscales jefes pueden pedir estos “cónclaves jurídicos” en cualquier momento sin importar la etapa procesal del caso.
Dichos comités y los resultados y consideraciones de los mismos serán reservados y no podrán reposar en las carpetas de los expedientes, no se podrá solicitar su descubrimiento como evidencia ante un juez ni entregarse nunca con ocasión de un derecho de petición. Y eso no es todo. Se anuncia que la palabra final del comité se tomará de acuerdo con la voluntad de la mayoría de los convocados y “las decisiones o recomendaciones que se adopten en el comité son de carácter vinculante y de obligatorio cumplimiento”.
Aún más: la disposición del fiscal general sostiene que la decisión final del comité podrá tomarse incluso sin la presencia del fiscal del caso. Con otro agravante: si el funcionario investigador se aparta de la decisión del comité tiene tres días para pedir una reconsideración, y la determinación que se tome entonces será inobjetable. El presidente de esos comités deberá verificar el cabal cumplimiento de la orden impartida que, de no ser aplicada, traería consecuencias disciplinarias para el servidor público.
Exfiscales consultados por este diario dicen que la autonomía de los fiscales en la práctica real no existe. “En general la mayoría aceptan las instrucciones y las indicaciones para que no los remuevan del cargo. Hay unidades de la Fiscalía en las que las decisiones se consultan obligatoriamente con los coordinadores o directores. La pregunta es: ¿puede la Fiscalía a través de los comités técnicos obligar a un fiscal a tomar decisiones que afectan derechos y garantías ciudadanas? En mi opinión sería inconstitucional, porque las mayorías de un comité no pueden imponer una decisión si un fiscal se niega”, dijo el exfiscal y abogado penalista, Jesús Albeiro Yepes. Al ser consultados sobre el tema, Juan David Bazzani, asesor del despacho del fiscal general, explicó que se trata de una modificación a la reglamentación de los comités que se habían creado durante la administración Montealegre. “Es para darle más dientes”, dijo Bazzani, quien agregó que la directiva no nació por los hechos del caso de Yuliana Samboní, sino que fue una coincidencia, pues surgió en medio de una revisión de las normas que existían previamente y que no tenían en cuenta unas determinaciones de la Corte Constitucional que declaró legales los comités: “Como quiera que es herramienta de control, hay que darle más capacidades y por eso se incluye el tema disciplinario”. Según una fuente de la Fiscalía, en el período Montealegre quizá no había sanción disciplinaria explícita para quien ignorara al comité, pero sí había sanción: su traslado.
Asimismo, el asesor al explicar por qué estos cónclaves se pueden llevar a cabo sin la presencia del fiscal del caso, señaló que en varias ocasiones los funcionarios no asistían a los comités bajo la excusa de que tenían una audiencia o estaban incapacitados y terminaban tomando decisiones erradas bajo motivaciones personales. Precisamente, dijo Bazzani, la idea es que las determinaciones a seguir en un proceso no respondan a motivaciones personales sino a decisiones colegiadas que otorguen mas garantías procesales. En pocas palabras, que no esta directiva no afecta la autonomía de los fiscales, pues se trata de un tema de control interno que busca imponer criterios institucionales y tener un control sobre las actuaciones de sus funcionarios.
Un dato que sería clave en esta coyuntura de acusaciones políticas y de peticiones formales de que declare su impedimento en la investigación del caso Odebrecht. A pesar de que Martínez ya reconoció que gestionó un contrato de estabilidad jurídica para el Consorcio de la Ruta del Sol en 2012, el fiscal general insiste en que no está impedido. No obstante, designó a la vicefiscal María Paulina Riveros para que resuelva cualquier situación en la que su nombre aparezca vinculado. ¿Pedirá él o la vicefiscal algún comité en el caso Odebrecht?
Tomado de:El Espectador.com